¿Cómo contabilizar subvenciones?
Ya se que tu empresa está en los incios como si la estás creciendo, solicitar una subvención es algo de lo más normal. Es posible que no sepas cómo contabilizar subvenciones en los libros de contabilidad de la sociedad por que nunca lo hayas hecho. En este artículo te vamos a decir como hacerlo.
¿Qué es una subvención?
Una subvención es el dinero que recibe una empresa desde un organismo público con un objetivo o plan para llevar a cabo una actividad, que sin la subvención no podría ejecutarse o por lo menos le sería más dificil.
Contabilizar subvenciones y registrarlas: ¿cómo hacerlo?
Lo que dice el Plan General de Contable de la mayoría de paises, para contabilizar subvenciones debemos tener en cuenta en qué estado se encuentra la subvención, y sobretodo si la subvención es reintegrable o no.
Según esto, las subvenciones que tenemos que debolver deben contabilizarse en el pasivo de la empresa.Hay caso en que esta se convertirá en no reintegrable. Para que una subvención pase a ser no reintegrable, deben darse estas causas:
-Acuerdo individual de concesión de la subvención a favor de la entidad que recibe la subvención.
-Cumplir las condiciones establecidas para la concesión de la misma.
Si la subvención pase a ser no reintegrable, debe quedar inegrada en el patrimonio neto de la empresa; por lo que debe quedar reflejada en la cuenta de pérdidas y ganancias como un ingreso.
Es en este momento cuando, según el momento en el que está la subvención, tiene un registro contable distinto. La subvención puede:
En el momento de la concesión, debe aparecer en el debe de la empresa, en la cuenta 4708 (Hacienda Pública, deudora per subv. Concedidas); y en el haber de la empresa, en la cuenta 522 (Deudas c/p transformables en subv.) o la 172 (Deudas l/p transformables en subv.).
Una vez cobrada, aparecerá en el debe en la cuenta 572 (Bancos), y en el haber en la cuenta 4708 (Hacienda Pública, deudora per subv. Concedidas).
Al utilizar los gastos de la subvención, se debe anotar en el debe en la cuenta 522 (Deudas c/p transformables en subv.), y en el haber en la cuenta 72 (Subvenciones, donaciones y legados).
Si la subvención, finalmente, tiene que devolverse, deben realizarse nuevas anotaciones:
En el momento que pueda ser exigible, debe aparecer en el haber de la cuenta 658 (Reintegro de subvenciones), y en el haber de la cuenta 4757 (Hacienda Pública, acreedora por subv. Recibidas).
Y una vez reintegrada, en el debe de la cuenta 4757 (Hacienda Pública, acreedora por subv. Recibidas), al haber de la cuenta 572 (Bancos).
Subvención no reintegrable
Cuando la subvención es recibida en la cuenta de la empresa, se debe anotar en el haber de la cuenta 4708 (Hacienda Pública, deudora per subv. Concedidas), y en el debe de la cuenta 13 (Subvenciones, donaciones y legados).
Cuando se pasa a ingreso según el gasto ejecutado, se debe anotar en el haber de la cuenta 13 (Subvenciones, donaciones y legados), y en el debe de la cuenta 72 (Subvenciones, donaciones y legados).